martes, 8 de mayo de 2012

REFORMAS(4): INMIGRANTES SIN PAPELES Y SIN CARTERA



Cuarta de DIEZ notas a propósito del Real-Decreto ley 16/2012 de medidas urgentes para el Sistema Nacional de Salud

Ver comentario en Le Courier, 12 mayo 2012

Las medidas urgentes de sostenibilidad del SNS contenidas en el RDL 16/2012 han abierto la puerta a introducir cambios no sólo en qué prestaciones cubre la sanidad pública y con qué aportación del usuario, cuando sea el caso, sino que, para sorpresa de muchos y sin el imprescindible debate social y político, ha modificado también quien es elegible para ser atendido, el para quién, o sea, quien tiene derecho a esas prestaciones. Se trata de medidas de gran calado social.
El sistema sanitario público es por su propia naturaleza un seguro. Las prestaciones cubiertas representan las contingencias cubiertas, y el hecho de que sean gratis o con alguna aportación es tan sólo una de las condiciones de uso del seguro. No deja de ser un seguro, público en este caso, también un SNS universal ya que lo único que hace un sistema de este tipo es desvincular el derecho a la atención de la capacidad económica de pagar una prima de seguro o impuestos.
En un SNS todo ciudadano es elegible para ese derecho y el derecho es independiente de la obligación de pagar impuestos, aunque el derecho no sea del todo gratis ni comprenda de forma ilimitada cualquier tipo de atención o producto relacionado con la salud. En este sentido, y para los ciudadanos del propio país, en principio, hay correspondencia entre obligaciones y derechos, impuestos y acceso a la sanidad, puesto que nada es gratis, y mucho menos la sanidad. Aunque no siempre se repara en ello, lo que cuenta en un SNS es el derecho de todos a la atención y la financiación mayoritariamente vía impuestos, como condición de equidad. Pero ello no impide, por ejemplo, que el asegurador traslade el riesgo financiero del coste de la provisión efectiva de la atención a una organización privada con o sin ánimo de lucro.   
La nota de prensa de los acuerdos del Consejo Interterritorial de abril pasado recordaba que la reforma iba a garantizar una cartera de servicios básica para todos los españoles con independencia de donde vivan. La realidad de las medidas adoptadas en el BOE es muy distinta. El primer punto relevante no es tanto la cartera de lo que se va a financiar por el seguro público, o sea, las prestaciones que cubre la sanidad pública y bajo qué condiciones, sino que la sanidad sea efectivamente, o no, un derecho universal de todos los ciudadanos financiado de forma principal, pero no exclusiva, mediante impuestos generales. El RDL ha puesto fin a la sanidad como derecho universal retrocediendo al concepto de asegurado y beneficiario previo a la Ley General de Sanidad de 1986.
Con la excusa declarada de adaptarnos a la normativa europea para facturar de manera rápida y directa al país de origen la atención de los extranjeros, la reforma contenida en las medidas urgentes redefine las condiciones para que un ciudadano español tenga acceso a la sanidad. Si lo que se pretendía era poner condiciones al acceso de los extranjeros, no había necesidad alguna de ocasionar efectos colaterales volviendo a relacionar el derecho a la sanidad pública a través de la condición de afiliado o ser pensionista de la Seguridad Social, recibir subsidio de desempleo o haberlo agotado, o simplemente acreditar ingresos por debajo de un cierto límite.
Esta situación deja aparentemente fuera de la cobertura, de forma incomprensible e injustificada, por ejemplo, a ciertos grupos de españoles como mayores de 26 años sin empleo o personas que no han cotizado a la Seguridad Social. Para acceder a la atención, caso de no demostrar carecer de recursos, parece que van a tener que pagar una contraprestación o una cuota suscribiendo un convenio especial con la Seguridad Social. Tratándose de un derecho universal y a cargo de los impuestos generales limitar el derecho a la atención relacionando la condición de asegurado con la afiliación a la Seguridad Social no puede más que levantar sospechas e incertidumbre sobre las intenciones no declaradas del gobierno. Además de las dudas legales sobre su aplicación, en la práctica diaria de centros de salud y hospitales lo más probable es que estos grupos continúen disponiendo de facto a la atención, al menos a la dispensada de forma gratuita.
En todo caso, y sin valorar intenciones políticas futuras, si la tramitación parlamentaria del Real Decreto-ley no lo corrige, lo publicado en el BOE restringe sin beneficio alguno el derecho universal a la atención sanitaria pública de ciertos grupos de ciudadanos españoles y complica las condiciones jurídicas de acceso. El camino a la casi universalidad queda en entredicho, lo cual requiere una explicación y discusión de la política que quiere seguir el gobierno en cuanto a la extensión poblacional de la cobertura de ciudadanos españoles.
El hecho de que se tenga constancia de que hasta ahora un número importante de ciudadanos europeos con capacidad económica ha accedido a la atención sanitaria en España no avala un cambio en las condiciones de elegibilidad de la atención como el aprobado. Más bien, lo que pone de relieve es la poca capacidad de gestión o incompetencia a la hora de gestionar la facturación y el cobro a los seguros sanitarios de sus países de origen o a sus seguros privados. Si se trata de evitar que ciudadanos extranjeros con solvencia económica se beneficien de la generosidad de las prestaciones y ausencia de copago del SNS español, el llamado turismo sanitario, lo único que se requiere es adaptar la normativa y gestionar de forma más eficiente, aunque resulta incomprensible que ello no se haya hecho mucho antes. El ahora llamado “turismo sanitario” no legitima retroceder en un derecho universal.
La reforma excluye de la sanidad pública a los extranjeros en situación irregular, no registrados ni autorizados como residentes, excepto a menores de edad, embarazos y partos. A partir de septiembre, a estas personas únicamente se les garantiza la atención de urgencias.  Mediante este cambio el sistema sanitario pasa de una amplia generosidad sin prueba de medios a una restricción drástica de efecto cuando menos incierto.
Bélgica, Francia, Holanda y Portugal han optado por permitir el acceso de los irregulares a la sanidad pública siempre que cumplan condiciones de permanencia en el país, a fin de evitar el motivo de turismo sanitario propiamente dicho, y falta de recursos. Esta solución es más sencilla y equilibrada y, a medio plazo, seguramente menos costosa que la vía española. Prueba de permanencia y falta de medios era lo adecuado si la finalidad es la de evitar el turismo sanitario. La solución adoptada por el gobierno es más parecida a la de Grecia, Rumanía o la de Alemania, con la diferencia respecto los dos últimos que, de momento, no existe el deber de denunciar a los inmigrantes sin permiso de residencia.
El coste sanitario por persona de los inmigrantes es menor que el de los españoles. Limitar la atención a las urgencias puede suponer aún un gasto más elevado al posponer la atención y acudir a los servicios con un mayor agravamiento de los síntomas o de la enfermedad. Además, si esta es la única puerta de acceso al sistema sanitario, es evidente que se puede utilizar tanto para atención más urgente como menos urgente, contribuyendo así a la congestión de los servicios de urgencias de los hospitales.
La externalidad que puede generar el tratamiento tardío o falta de tratamiento de enfermedades infecciosas, como la tuberculosis, o de transmisión sexual, merece consideración especial por cuestiones de salud pública. El coste social de limitar el acceso a la atención a estas personas puede ocasionar más costes que beneficios a medio y largo plazo incluso al propio sistema sanitario. El pretendido ahorro de 917 millones de euros atribuido a esta medida es una falacia que ya han denunciado algunas CCAA. La inclusión de esta medida en un Real Decreto-ley de medidas urgentes de ahorro de gasto público, al menos en los términos en los que se ha adoptado, parece más una coartada política que una medida dirigida a evitar el llamado “turismo sanitario”.

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